El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), reunido en sesión extraordinaria, conoció un proyecto de resolución, mediante la cual se proponen los nuevos formatos de la Cédula de Identidad y Electoral y de la Cédula de Identidad, esta última que corresponde a extranjeros no aptos para ejercer el sufragio.
La resolución se fundamenta en los artículos 212 de la Constitución de la República, que en su párrafo II pone a cargo de la Junta Central Electoral el Registro del Estado Civil y la cédula de Identidad y Electoral; y que además otorga facultad a la JCE para dictar reglamentos en los asuntos de su competencia.
Así como la Ley 275-97 en su artículo 40 que establece la obligatoriedad de portar el documento de identidad de todo individuo extranjero o dominicano y que además establece que el mismo “será revisado cada 10 años, para lo cual la Junta Central Electoral dictará las disposiciones que considere de lugar”. Y el artículo 4 de la Ley8-92 que instituye el Sistema Único de Identidad para todos los nacionales y extranjeros portadores de este documento.
En igual término la JCE informó que la Ley 26-01 en su artículo 1 que a la vez modifica el artículo 5 de la Ley 8-92, que establece que la Cédula de Identidad y Electoral tendrá una validez de 10 años
De igual manera, según las estadísticas que reposan en los archivos de la Junta Central Electoral, a la fecha los ciudadanos tienen, de conformidad con este artículo una cantidad de sus documentos, que ventajosamente se encuentran vencidos, que al 31 de diciembre del 2014 totalizarán 5,086,464 y una cantidad de 5, 463,695, que estarán vencidas al 31 de diciembre del 2016.