El proyecto de ley que modificaría la Ley No. 140-13 que establece el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, establece que las prestadoras de servicios telefónicos que no trasmitan al Centro de Contacto los datos personales de geolocalización aproximada y del titular de la línea telefónica desde donde provienen las llamadas serán sancionadas por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) con multas de 10 a 50 salarios mínimos por cada ocasión en la que no cumplan con ese requisito.
El proyecto de ley, sometido el pasado lunes por el Poder Ejecutivo al Senado, establece una serie de medidas que buscan hacer más efectivo y eficiente el sistema 9-1-1 y corregir las vulnerabilidades que atentan contra su buen funcionamiento.
La iniciativa añade “Obligaciones y responsabilidades de las Prestadoras de Servicios de Telecomunicaciones”, entre las que figura que sin perjuicio de lo establecido en las leyes y en los reglamentos que rigen el sector éstas empresas deben cumplir con serie de obligaciones como la de reservar el código telefónico de tres dígitos 9-1-1 para uso exclusivo del sistema de emergencias.
Además, las empresas telefónicas deben diseñar, adquirir, instalar, mantener y operar, técnica y administrativamente, un sistema de comunicaciones que permitan atender y transferir las llamadas según los requerimientos del Sistema 9-1-1 y para cumplir con ese requerimiento deberán asumir todos los costos que sean necesarios.
Otras obligaciones de esas empresas es la de garantizar la entrega total de las llamadas exitosas que se realicen, adecuar sus plataformas tecnológicas para suministrar en tiempo real al sistema 9-1-1-, el AN1 y el Al1 o su equivalente tecnológico de la llamada o mensaje de texto entrante y los datos de geolocalización, los cuales deben estar disponibles de forma continua.