El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) emitió la nueva resolución (010-16) que regirá el uso de los servicios públicos de telecomunicaciones para fines de cobro de deudas”, la cual favorece con el horario a empresas gestoras para la realización y/o programación de telecomunicaciones dirigidas a cobrar deudas pendientes.
La norma buscaba disminuir dos horas al horario de la resolución anterior para que las llamadas o mensajes se hicieran de lunes a viernes de 7:00 de la mañana hasta las 6:00 de la tarde, pero luego de las consultas con las empresas del sector, el horario se quedó igual que como estaba.
Con la nueva normativa se amplían las condiciones, y ahora se les permite a las empresas gestoras de cobro llamar a sus clientes a los lugares de trabajo, y el horario de las llamadas es de 7:00 de la mañana a 8:00 de la noche. Con este horario queda sin efecto la intención de que a las llamadas se les disminuyeran dos horas a como se esperaba.
Ahora hay más facilidades para que las empresas gestoras de deudas realicen su trabajo en busca de conciliar pagos con personas morosas, las cuales representan menos del 2% en lo que respecta a la cartera de crédito de los bancos múltiples.
La actual resolución establece que: se considerará como uso indebido de un servicio de telecomunicaciones, conforme a las disposiciones de la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153- 98, la realización y/o programación de telecomunicaciones para fines de gestión de cobro de deudas, en intervalos de tiempo entre una y otra telecomunicación menor a los treinta (30) minutos; así como la realización y/o programación de más de cinco (5) telecomunicaciones por día, que perturben la paz de los receptores; en particular aquellas telecomunicaciones que se realicen fuera del periodo de tiempo comprendido entre las siete de la mañana (7:00 a.m.) y las ocho de la noche (8:00 p.m.) de lunes a viernes, y los sábados fuera del horario comprendido desde las nueve de la mañana (9:00 a.m.) hasta la una de la tarde (1:00 p.m.).
Además, indica que los días feriados o no laborables no se podrá realizar gestión de cobros mediante telecomunicaciones personalizadas o automatizadas.
Así también manda que la cantidad de telecomunicaciones permitidas por día, se calculará por deudor o destinatario y por tipo de deuda que este mantenga con la entidad determinada, no así por medio utilizado, de forma que, sin importar el servicio de telecomunicación por el cual se haya realizado el contacto para el cobro de deuda, el destinatario no podrá recibir más de cinco telecomunicaciones por día por tipo de deuda, con la finalidad de hacer un uso adecuado de las telecomunicaciones y preservar la tranquilidad de los receptores.
Indica que la realización y/o programación de telecomunicaciones para fines de gestión de cobro de deuda sólo podrá ser efectuada a líneas telefónicas en las que se constate que el deudor es usuario de la línea.
“Podrá realizarse las telecomunicaciones para fines de gestión de cobro de deuda a líneas comerciales cuando se trate de una deuda contraída por el negocio o comercio o en casos en los que la línea telefónica comercial o del lugar de trabajo se encuentren registradas xza nombre del usuario a quien estén dirigidas las llamadas de gestión de cobro”, precisa la resolución publicada este lunes por el Indotel.
También enfatiza que el número de telecomunicaciones realizadas para fines de cobros de deudas, sólo podrán ser cinco (5) al día en total, sin importar el mecanismo de telecomunicaciones utilizado para tales fines.
“La entidad que utilice los servicios de telecomunicaciones como instrumento para perseguir el pago de deudas, deberá, en todos los casos, informar al receptor del mensaje, el nombre completo del deudor, la finalidad de la telecomunicación, el concepto de la deuda, así como el nombre comercial y los números telefónicos de la entidad acreedora”, indica.
El grupo de telecomunicaciones Altice, que representa las marcas Orange y Tricom en República Dominicana, consideró que la nueva resolución de Indotel no impactaría en sus ingresos.
“Entendemos que esta resolución no afecta directamente a las empresas de servicios de telecomunicaciones, no obstante ofrecemos opinión de forma particular y no a nombre del sector.
En el caso de Altice y sus marcas, no existe un impacto en sus ingresos por esta regulación.
La Resolución Número. 010-16 que aprueba la Norma para el Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones para fines de Cobro de Deuda, lo que busca es establecer las reglas para hacer contacto con personas que son sujetas a cobros de deuda, siendo así, que la misma está enfocada más bien a las actividades realizadas por empresas que se dedican a realizar gestión de cobros y al sector bancario, entidades que hacen uso del sistema de turbo cobros o llamadas automatizadas para gestionar la recuperación de deudas de sus clientes. El documento dado a conocer ayer por el Indotel dice que la presente norma entrará en vigencia a los tres meses contados a partir de su publicación en un periódico de circulación nacional.