El Senado aprobó este miércoles con modificaciones de urgencia en dos sesiones consecutivas, el proyecto que impone un impuesto a las telefónicas por llamadas internacionales y mensajes de textos entrantes que reciban los teléfonos fijos y móviles, recursos que se utilizarán para la sostenibilidad del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, la cual deroga y sustituye la Ley No. 140-13.
La iniciativa, impone una tasa de U$$1.2 centavos las llamadas que se haga desde el exterior a teléfonos fijos o residenciales; además se aplica un impuesto de US$2.8 a las líneas móviles por paquetes, y se cobrará US$0.0025 por cada mensajes de textos (SMS).
La Cámara de Diputados ya había aprobada esta iniciativa de la autoría del legislador Elías Serulle, establecía una tasa fija de $0.02 centavos de dólares por cada minuto internacional de voz y de US$0.0025 por cada mensaje internacional de texto.
La iniciativa establece que se instalarán cámaras para vigilar el tráfico vehicular y las personas en las calles, que permitirán mayor vigilancia en la seguridad ciudadana.
El artículo 21 de la iniciativa establece que la tasa para el desarrollo y la sostenibilidad del Sistema 9-1-1, corresponde a un monto fijo de cero con dos centésimas de dólares de los Estados Unidos (US$1.2) centavos o su equivalente en pesos dominicanos, según la tasa establecida por el Banco Central de República Dominicana, al día de hecha la llamada, por cada minuto de tráfico de voz internacional entrante que termine en sus redes o transitada a las redes de otras prestadoras de servicios de telecomunicaciones.
En tanto, fija una tasa de US$2.8 centavos de dólares por cada llamada que reciban las líneas de teléfonos móviles por paquetes; y cero con veinticinco dólares (US$0.0025) o su equivalente en pesos dominicanos, según la tasa establecida por el Banco Central al día de la recepción del mensaje, por cada mensaje de texto (SMS) internacional entrante que termine en sus redes.
La ley establece que las prestadoras de servicios de telecomunicaciones habilitadas deberán proporcionar al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), las informaciones necesarias para la gestión de sus redes en relación a los servicios de voz y datas, sobre las conexiones de datos SS7 o todo otro protocolo de comunicación que se pudieren implementar en sus redes, sobre los datos de tráfico registrados y sobre sus relaciones comerciales con otras prestadoras de servicios de telecomunicaciones, pero no únicamente con las prestadoras de servicios de telecomunicaciones internacionales.
Expone que el Sistema de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, en coordinación con el Ministerio Público, es el organismo responsable de la planificación, el diseño e instalación de la red de video vigilancia urbana mediante cámaras de videos, así como la supervisión de las cámaras de seguridad en lugares públicos orientadas a proteger los siguientes lugares.